Catatumbo: Gobierno Nacional no cumplió sentencia de la Corte Constitucional frente a resguardos Barí y ZRC

Tribunal Superior de Cúcuta declara incumplimiento por parte del Gobierno Nacional a la sentencia T – 052/2017 y ordena arrestos, sanciones económicas y disciplinarias.
Luego que el pasado 3 de febrero del año 2017 la Corte Constitucional profiriera su sentencia de revisión mediante el radicado T – 052 de 2017, en el cual dio instrucciones precisas al Gobierno Nacional y demás entidades relacionadas con el estricto y cabal cumplimiento de cada una de las ordenes allí impartidas; en las que claramente se estableció el adelantamiento de las actuaciones correspondientes a la ampliación, saneamiento y delimitación de los resguardos indígenas Catalaura la Gabarra y Motilón Barí, también se ordeno adelantar los trámites necesarios para constituir la zona de reserva campesina para el Catatumbo sin que estas fueran materializadas integralmente y en los tiempos establecidos.
Tras varios meses de inactividad por parte de los destinatarios de las órdenes constitucionales y ante la evidente desidia por parte del Gobierno Nacional, que siempre intentó generar divisiones entre la comunidad Barí y los campesinos representados por la Asociación Campesina del Catatumbo – ASCAMCAT, finalmente y luego de 2 años se han podido hacer la formulación de una serie de propuestas conjuntas que permitirán altos niveles de coexistencia, desarrollo alternativo y reorganización territorial sin trasgredir los derechos recíprocos de ambas comunidades, situación que demuestra el buen trabajo y la voluntad de ambas comunidades que a pesar de las dificultades que se han presentado por parte del Gobierno Nacional que indican no contar con presupuesto suficiente para el desarrollo de las órdenes, falta de seguridad en el territorio para sus funcionarios y la negativa a muchas de las propuestas planteadas, han sido persistentes en la búsqueda de la materialización de los derechos y garantías que durante décadas se han negado.
Las propuestas mencionadas han sido entregadas a los encargados del cumplimiento de la sentencia, situación que no se ha finalizado hasta el momento por el evidente nivel de incumplimiento, razón que conllevo a que el magistrado encargado del seguimiento de la sentencia sancionara con 10 días de arresto y 5 salarios mínimos legales mensuales vigentes y 20 días de arresto y 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes a la directora jurídica del Ministerio de Ambiente al igual que la directora jurídica de la Agencia Nacional de Tierras. Es de anotar que aún queda un sin sabor para ambas comunidades puesto que no existió una sanción para el Ministerio del Interior, Ministerio de Hacienda y Crédito Publico, ante la el engaño por parte de la Agencia de Desarrollo Rural que presento las acciones de oferta institucional como parte del cumplimiento de la sentencia, sin si quiera consultar a las comunidades; por lo tanto es muy claro que las maniobras de dilación presentadas por el Gobierno Nacional afecta de forma directa a ambas comunidades en cuanto a la garantía plena de los derechos en el territorio.
Finalmente informamos que por orden judicial el cumplimiento de ejecución de la sentencia T 052/17 continúa hasta tanto no se materialice de forma integral y el Gobierno colombiano cumpla a cabalidad con sus obligaciones a favor de ambas comunidades con especial protección constitucional.
Asociación Campesina del Catatumbo – Ascamcat, Asociación de Autoridades Tradicionales del Pueblo Barí, Resguardo Indígena Barí de Cantalaura
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